OBSERVACIÓN DEL CES |
Artículo 11- Publicidad y eficacia
en la gestión pública urbanística
En la letra b) del apartado 5 de este artículo, referida al carácter
positivo del silencio administrativo, se sugiere modificar la redacción
actual para aclarar que se trata de dos supuestos distintos tras haber solicitado
los informes preceptivos: que no se haya emitido ningún informe en
el plazo prescrito; o que no se haya emitido ningún informe negativo
en dicho plazo.
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